Por: David Vásquez
En el marco de la Emergencia Sanitaria y del Estado de Emergencia Nacional, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, mediante la Opinión Consultiva N° 32-2020-JUS/DGTAIPD, consideró que es posible que el empleador realice el tratamiento de datos personales sensibles referidos a la enfermedad del COVID-19 de los trabajadores, sin su consentimiento.